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Modelo 202: Pago a cuenta del Impuesto de Sociedades

El Modelo 202 sirve para realizar los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. A través de este modelo, las sociedades anticipan a la Agencia Tributaria una parte del impuesto que deberán pagar cuando presenten la declaración anual (Modelo 200).

Este sistema de pagos a cuenta tiene como finalidad evitar que las empresas abonen todo el impuesto de golpe al final del ejercicio, permitiendo a Hacienda recaudar de forma más equilibrada durante el año. 

Qué es el Modelo 202 y para qué sirve

El Modelo 202 es un formulario oficial de la Agencia Tributaria que utilizan las sociedades y entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades para realizar pagos fraccionados o anticipos del impuesto anual. A través de este modelo las empresas pagan de manera parcial el impuesto que les corresponderá liquidar cuando finalice el ejercicio fiscal, en función de los beneficios que vayan obteniendo.

El Impuesto sobre Sociedades se liquida una vez al año mediante el Modelo 200, que se presenta generalmente en julio (si el ejercicio coincide con el año natural). Pero, para adelantar parte de ese importe, la normativa exige realizar tres pagos fraccionados durante el ejercicio mediante el Modelo 202.

Estos pagos se restan del total del impuesto cuando se presenta la declaración anual. Si al final del ejercicio los pagos a cuenta superan el impuesto total, Hacienda devuelve la diferencia; si son inferiores, se paga la cantidad restante.

El Modelo 202, por tanto, no es un impuesto distinto, sino un anticipo obligatorio del Impuesto sobre Sociedades.

Quién está obligado a presentar el Modelo 202

Deben presentar el Modelo 202 todas las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades que hayan obtenido una base imponible positiva en su última declaración del impuesto (Modelo 200).

Esto incluye:

  • Sociedades anónimas y sociedades limitadas.
  • Cooperativas, sociedades civiles con personalidad jurídica y otras entidades jurídicas que tributen por el Impuesto sobre Sociedades.
  • Sucursales y establecimientos permanentes de entidades no residentes en España.

También deben presentarlo las entidades que, aunque no tengan beneficios en el ejercicio actual, hayan declarado cuota positiva el año anterior, ya que la obligación se calcula en función del resultado anterior.

Por el contrario, no están obligadas a presentar el Modelo 202 las entidades que:

  • No alcanzaron base imponible positiva en la última declaración (es decir, tuvieron pérdidas).
  • Tributan al tipo del 1% o del 0% (como algunas instituciones de inversión colectiva o fondos de pensiones).
  • Están exentas del Impuesto sobre Sociedades (por ejemplo, determinadas entidades sin ánimo de lucro o fundaciones).

Además, las grandes empresas con volumen de operaciones superior a 6 millones de euros están obligadas a aplicar un método de cálculo distinto (basado en la base imponible del ejercicio en curso) y a presentar el modelo por vía telemática de forma obligatoria.

Cuándo se presenta el Modelo 202

El Modelo 202 se presenta tres veces al año, en los siguientes plazos:

  • Primer pago fraccionado: del 1 al 20 de abril, correspondiente al primer periodo del ejercicio (1 de enero a 31 de marzo).
  • Segundo pago fraccionado: del 1 al 20 de octubre, correspondiente al segundo periodo (1 de abril a 30 de septiembre).
  • Tercer pago fraccionado: del 1 al 20 de diciembre, correspondiente al último periodo (1 de octubre a 30 de noviembre).

Si el día 20 cae en fin de semana o festivo, el plazo se amplía hasta el siguiente día hábil.

Estos plazos aplican para empresas cuyo ejercicio fiscal coincide con el año natural. En el caso de entidades cuyo ejercicio no coincide con el año natural, los pagos fraccionados se realizan en los 20 primeros días naturales de los meses siguientes a la finalización de cada trimestre desde el inicio de su periodo impositivo.

Es importante tener en cuenta que la presentación es obligatoria incluso si el resultado es cero, siempre que la empresa esté obligada a realizar el pago fraccionado por haber tenido base imponible positiva el año anterior.

Cómo se calcula el importe del Modelo 202

El cálculo del importe a ingresar en el Modelo 202 depende del método de determinación del pago fraccionado. Existen dos métodos diferentes establecidos por la ley:

1. Método general (basado en la cuota del ejercicio anterior)

Este es el más habitual para la mayoría de las pequeñas y medianas empresas. El pago fraccionado se calcula aplicando el 18% sobre la cuota íntegra del último ejercicio cerrado (restadas las deducciones, bonificaciones y retenciones).

En este caso, el importe a ingresar es el 18% del impuesto del año anterior, sin tener en cuenta los beneficios o pérdidas del ejercicio en curso.

Por ejemplo, si una empresa pagó 10.000 euros en el Impuesto sobre Sociedades del año pasado, en cada Modelo 202 deberá ingresar 1.800 euros (18% de 10.000).

2. Método basado en la base imponible del ejercicio en curso (obligatorio para grandes empresas)

Este método se aplica de forma obligatoria a las entidades con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros durante los doce meses anteriores. En este caso, el pago fraccionado se calcula sobre la base imponible acumulada del año en curso, no sobre el resultado del ejercicio anterior.

El porcentaje aplicable es el resultado de aplicar el tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades (generalmente 25%) sobre la base imponible acumulada y restar las deducciones, retenciones y pagos anteriores.

En este sistema, el porcentaje suele equivaler al 17% del resultado contable del periodo, aunque puede variar en función del tipo de empresa y del beneficio obtenido.

De esta manera, las grandes empresas pagan según sus resultados actuales, mientras que las pequeñas y medianas empresas lo hacen según su impuesto del año anterior.

Cómo presentar el Modelo 202

La presentación del Modelo 202 se realiza exclusivamente por vía telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, es necesario disponer de certificado digital, DNI electrónico o estar registrado en el sistema Cl@ve PIN (aunque este último solo para representantes o personas físicas).

Los pasos para presentar el modelo son los siguientes:

1. Acceso a la Sede Electrónica

Entra en la página de la Agencia Tributaria y selecciona la opción “Modelo 202 – Impuesto sobre Sociedades. Pago fraccionado”.

2. Cumplimentación del formulario

Dentro del formulario, se deben introducir los siguientes datos:

  • Ejercicio fiscal y periodo (1P, 2P o 3P, según el trimestre).
  • Datos identificativos de la empresa (nombre, NIF, domicilio fiscal, etc.).
  • Base de cálculo (cuota del ejercicio anterior o base imponible acumulada del ejercicio actual, según el método aplicable).
  • Importe del pago fraccionado a ingresar o, si corresponde, importe cero.

3. Forma de pago

Se puede optar por tres formas de presentación:

  • Ingreso directo en cuenta bancaria (modelo 202 con NRC).
  • Domiciliación bancaria, disponible si la presentación se realiza dentro del plazo y antes del día 15 del mes.
  • Compensación, si existen créditos fiscales pendientes con Hacienda.

4. Firma y envío

Una vez revisados los datos, se firma electrónicamente el documento y se envía. El sistema genera un justificante de presentación con un número de referencia (NRC) que sirve como comprobante del pago.

La Agencia Tributaria también permite la presentación mediante fichero en formato BOE (XML) para empresas que usan software contable o gestorías con varios clientes.

Qué ocurre si no se presenta el Modelo 202 o se presenta fuera de plazo

La no presentación o la presentación fuera de plazo del Modelo 202 puede tener consecuencias económicas. Hacienda considera esta falta como una infracción tributaria, y puede imponer sanciones e intereses de demora.

Si la empresa presenta el modelo fuera de plazo pero sin requerimiento previo, deberá abonar el importe pendiente más un recargo del 1% por cada mes completo de retraso, hasta un máximo del 12%. Si el retraso supera los 12 meses, se aplica un recargo fijo del 15% más intereses de demora.

En cambio, si Hacienda detecta la omisión y envía un requerimiento, la sanción puede oscilar entre el 50% y el 150% del importe no ingresado, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Por eso, es recomendable tener un calendario fiscal actualizado y automatizar recordatorios para no olvidar los plazos de presentación.

Además, si en un trimestre no hay beneficio o la cantidad a ingresar es cero, también debe presentarse el modelo, marcando la casilla correspondiente. No hacerlo puede acarrear igualmente sanciones.

Relación del Modelo 202 con otros modelos del Impuesto sobre Sociedades

El Modelo 202 forma parte del conjunto de obligaciones relacionadas con el Impuesto sobre Sociedades. Su función está estrechamente vinculada con el Modelo 200, que es la declaración anual del impuesto.

Durante el ejercicio, la empresa realiza tres pagos fraccionados con el Modelo 202 y, al cierre del ejercicio, presenta el Modelo 200 con el resultado definitivo.

En la declaración anual se restan los pagos realizados mediante el Modelo 202 para determinar el saldo final:

  • Si los pagos fraccionados son mayores que el impuesto total, Hacienda devuelve el exceso.
  • Si son menores, la empresa paga la diferencia.

Por tanto, el Modelo 202 es una herramienta de liquidación anticipada que mantiene equilibrado el flujo de ingresos fiscales de la empresa y evita acumulaciones de deuda a final de año.

El Modelo 202 en la planificación fiscal

El Modelo 202 no solo cumple una función recaudatoria, sino que también es una herramienta estratégica de gestión fiscal. Permite a las empresas anticipar su carga tributaria y distribuir los pagos a lo largo del ejercicio, lo que mejora la liquidez y planificación financiera.

Un error frecuente es no revisar correctamente la base de cálculo, lo que puede provocar pagos excesivos o insuficientes. Por eso, es fundamental llevar un control contable actualizado y verificar los resultados del ejercicio anterior antes de presentar el modelo.

En definitiva, el Modelo 202 representa una obligación periódica esencial para todas las sociedades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades. Comprender su funcionamiento, los métodos de cálculo y los plazos de presentación es clave para evitar sanciones, optimizar la gestión de tesorería y mantener una correcta relación con la Agencia Tributaria.